Política de privacidad
1. CREDIACTIVOS PATRIMONIALES SL con CIF número B02653319 (en adelante Hipotekia) está inscrito con el número de codificación D267 como Intermediario de Crédito Inmobiliario en el REGISTRO DE INTERMEDIARIAS DEL BANCO DE ESPAÑA, máximo órgano supervisor en materia financiera, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, conforme a la Ley 5/2019, de 15 de marzo, de contrato de crédito inmobiliario (LCCI 5/2019) para regular los Intermediarios de Crédito Inmobiliario (“ICI”) cumpliendo a su vez los requisitos exigidos por Banco de España.
2. Hipotekia es una entidad inscrita con el número 646/2016 en el Registro Estatal de Empresas de intermediación Financiera para la celebración de contratos de préstamo del INSTITUTO NACIONAL DE CONSUMO del MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD previsto en la Ley 2/2009 del 31 de marzo y que cumple con todos los requisitos exigidos en materia de intermediación financiera en base a la normativa vigente.
3. Hipotekia tiene concertada póliza de seguro de responsabilidad civil número BNE201917630 con la entidad aseguradora o de crédito Lloyd´s Exsel conforme exige la actual LCCI 5/2019.
4. El cliente ha dejado sus datos de contacto, ha recibido un asesoramiento telefónico y se le ha conseguido o se le puede conseguir una oferta de aprobación de la financiación que está buscado o un producto financiero relacionado con ahorro. El cliente encarga profesionalmente a Hipotekia la prestación de servicios de intermediación financiera a fin de que realice las gestiones oportunas para que, actuando en nombre del cliente, pueda conseguir una oferta vinculante definitiva de la financiación que este le encarga en base a las circunstancias personales del cliente relacionadas con solvencia, riesgo y patrimonio.
5. Hipotekia se compromete a seleccionar, entre los productos que se ofrecen en el mercado, los que mejor se adapten a las características del producto financiero solicitado por el cliente, de conformidad a la información proporcionada por el Cliente, presentándole cuantas ofertas de financiación consiga de entidades financieras, bancarias colaboradoras con Hipotekia; sobre cuyas condiciones jurídicas y económicas les asesorará. No obstante, en el supuesto que, tras el examen de la documentación facilitada por el cliente, no fuera posible presentarle oferta financiera alguna debido a las condiciones del mercado financiero o al propio perfil del cliente, el cliente podrá desistir del contrato, o bien aceptar la/s que se les propongan, en los términos indicados en el clausulado del contrato que hayan firmado.
6. El Cliente declara conocer los honorarios de intermediación financiera por la prestación del servicio encomendado. En caso de conseguirle las condiciones que dese, cobramos de un 1% a un 6% del capital conseguido con unos mínimos según el producto financiero y el capital de que se trate. En cualquier caso, se lo concretamos el momento de comunicarles las condiciones de financiación y siempre, antes de firmar el contrato de intermediación. Dichos honorarios se devengarán y serán por tanto exigibles en el caso de que, como consecuencia de la labor intermediadora, el cliente obtenga de una entidad financiera la financiación solicitada. En el caso de que Hipotekia consiga la financiación demandada por el cliente y acordada en contrato, este estará obligado al pago de honorarios pactados una vez conseguida la oferta vinculante de la entidad, aunque el cliente decidiese unilateralmente no formalizar la operación. Si, por el contrario, la oferta de financiación conseguida por Hipotekia fuera en peores condiciones a las acordadas en contrato con el cliente, este no deberá abonar a Hipotekia nada en concepto de honorarios, salvo que él decida firmar dicha financiación con la entidad colaboradora de Hipotekia; ya que si, aun siendo peores las condiciones de financiación el cliente decidiera firmar, se considerará cumplido el contrato firmado y por tantos exigibles los honorarios acordados.
7. Los referidos honorarios serán satisfechos por el cliente, como máximo, en el momento de formalización de la financiación conseguida, pudiéndose financiar dentro de la financiación conseguida debiendo el cliente autorizar este a la entidad bancaria concedente de la financiación que se transfiera la cantidad correspondiente a la cuenta bancaria designada por Hipotekia; o bien, se le entregue al apoderado o administrador de Hipotekia cheque bancario con tales honorarios. En ambos casos, sea transferencia o cheque bancario, el cliente se compromete a pagar los impuestos correspondientes legalmente sobre tales honorarios, si es que son aplicables. Los honorarios incluyen todas las comisiones, cargas, gastos e impuestos derivados de los servicios prestados directamente por Hipotekia; pero no incluyen los gastos legales exigidos por ley o por la entidad concedente de la financiación derivados de la propia operación de préstamo solicitada, ni tampoco los gastos de tasación de las garantía en su caso.
8. El Cliente manifiesta que ha quedado informado y ha prestado su consentimiento para que sus datos personales se incorporaran al fichero propiedad Hipotekia, autorizando a dicha Entidad al tratamiento de los mismos para su utilización en relación a ejecución, cumplimiento, desarrollo y gestión del presente Contrato, autorizando expresamente al Responsable del tratamiento a hacer uso de los datos personales facilitados, directamente o a través de terceros que designe expresamente, ante organismo públicos o privados que considere oportunos para efectuar las consultas sobre solvencia patrimonial, crediticia, incidencias judiciales, valoración de riesgo y cualquier otro parámetro que se toma en consideración por una Entidad dpara la concesión de un producto financiero, todo ello con el fin de la consecución de la financiación solicitada por el Cliente. Se designa expresamente por el Responsable del tratamiento como uno de los encargados del tratamiento a la Entidad CREDIACTIVOS PATRIMONIALES S.L., con CIF B-02653319 con sede en Madrid en la Calle María de Molina 53, Planta 5 CP28006. El CLIENTE queda informado de su derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y la portabilidad en su caso, respecto de sus datos personales en los términos previstos en el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) 2016/679, de 27 de abril, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos y la libre circulación de éstos, así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y garantía de los derechos digitales, pudiendo ejercitar este derecho mediante a través de carta dirigida al Responsable del tratamiento (CREDIACTIVOS PATRIMONIALES SL, calle Calle María de Molina 53, Planta 5 CP28006) adjuntando fotocopia de su DNI y el ejercicio de su derecho.
9. Durante todo el tiempo que dure la prestación de servicio de intermediación financiera prestado por Hipotekia, mientras el cliente no firme financiación alguna con una entidad colaboradora de Hipotekia y salvo lo dispuesto e la cláusula anterior, el cliente no deberá abonar cantidad alguna salvo en el caso que haya que realizar una tasación de una garantía. En este caso, el cliente se obliga a ingresar el importe de cada tasación y, en su caso, de las consultas de estimación de valor en la cuenta bancaria que Hipotekia le concrete. El coste de cada tasación, en caso de ser necesaria, dependerá de lo que determinen las tasadoras.
10. Hipotekia se obliga a emitir al cliente factura al cliente por los servicios prestados de intermediación financiera, así como de los ingresos que haya hecho para tasar garantías o activos aportados.
11. Las partes acuerdan que, mientras esté vigente el contrato de prestación de servicios, el cliente no firmará ninguna financiación con ninguna entidad bancaria o no bancaria, en base al periodo de exclusividad pactado en contrato, salvo con aquellas entidades que hayan sido expresamente incorporadas en contrato, si es que fueron incorporadas, con las cuales podrá el cliente firmar en cualquier momento; en caso de hacerlo, se estará a los firmado por las partes en el contrato de intermediación.
12. El Cliente podrá desistir en los catorce días naturales siguientes a la firma del presente documento sin penalización alguna. Tras ello, cualquier rescisión antes del vencimiento del contrato deberá hacerse de manera bilateral entre ambas partes. El cliente reconoce haber recibido la información previa contenida en este documento. El presente contrato se rige por las disposiciones de la Ley 2/2009, de 31 de marzo.
13. En caso de incumplimiento o discrepancia de las partes, las partes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Madrid para el ejercicio de las acciones derivadas del contrato firmado por las partes.